¿De que se trata la ley SOPA? ¿ SOPA afecta sólo a los Estados Unidos o también a la actividad en Internet del resto del mundor?


La Stop Online Piracy Act (SOPA) es una propuesta legislativa que actualmente se está debatiendo en el Congreso de los Estados Unidos que tiende a proteger de forma exorbitante los derechos de propiedad intelectual en Internet.

El impacto potencial de la SOPA sobre Internet y el desarrollo de servicios on line es enorme dado que su aplicación podrá implicar la desaparición de un montón de sitios de Internet  por ser considerados como “dedicados a robar propiedad de los Estados Unidos”. Bajo este nuevo estándar podrán quedar capturados cientos de páginas y servicios considerados legales en la actualidad, que pasarán a formar parte de listas negras de dominios en pos de la protección del derecho de propiedad intelectual de unos pocos, y en contra del derecho de libertad de expresión de la mayoría de los cibernautas.
Bajo el referido proyecto de ley los proveedores de servicios en Internet tendrán la presión de convertirse en vigilantes y controladores de la actividad de sus usuarios, y evitar ser considerados cómplices de los usuarios para acceder a sitios que han sido incluidos en las listas negras.
Asimismo pauta que los buscadores y los proveedores de servicios de pago en Internet así como los anunciantes se sumen a esta cruzada tendiente a cerrar sitios de Internet.  El dueño de un derecho de propiedad intelectual que se considera infringido no solo cuenta con la posibilidad de recurrir a la existente ley DMCA, sino que también cuenta con este nuevo mecanismo creado para sacar del circuito a un sitio mediante el no acceso a su nombre de dominio, a no ser incluido dentro de las listas de los buscadores, no contar con publicidad o cualquier otra fuente de financiamiento por más que se encuentre amparado por los eximentes de responsabilidad previstos por la DMCA. 
Este proyecto de ley va a significar un brusco cambio sobre el sistema actualmente vigente que protege a los proveedores de servicios de cualquier responsabilidad civil, si remueven un contenido que ha sido sindicado como violatorio de la propiedad intelectual de un tercero: para pasar hacer responsable a los referidos proveedores por las acciones de sus usuarios, y teniendo la carga de probar que su sitio no ha sido utilizado para violación de derechos de propiedad intelectual. Uno puede imaginarse el efecto que esta medida tendrá sobre sitios que alojan contenidos generados por los propios usuarios en grandes cantidades como es el caso de YouTube.  
Pero lo más grave es que la implementación de estos estrictos mecanismos que afectan significativamente las garantías individuales de todos los cibernautas no prevén la intervención del Poder Judicial para su aplicación.
Este proyecto ha generado una significativa ola de oposiciones, que incluyen desde grandes operadores de Internet como Google y Facebook, hasta grupos de protección de derechos de libertad de expresión en Internet e incluyendo al Parlamento Europeo que ha efectuado una declaración criticando la SOPA.
La reacción del Parlamento Europeo deviene lógica atento que los efectos del presente proyecto de ley no se van a extender exclusivamente dentro de los límites internos de los Estados Unidos, sino que permiten al gobierno de los Estados Unidos bloquear el acceso a sitios en forma global,  respecto a los dominios “.com”, “.net” y “.org”  que son utilizados por un montón de organizaciones y empresas fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos. 
Por otra parte ciertos críticos del referido proyecto consideran que las definiciones incluidas en SOPA son tan amplias que pueden ser interpretados en el sentido que ninguno recurso online de cualquier parte del mundo se encuentra excluido de la jurisdicción de los Estados Unidos. 
Esto es así, porque el largo alcance de esta posible futura ley de los EEUU se manifiesta en las siguientes circunstancias: Primero definiendo como un nombre de dominio doméstico a todo aquel que es registrado u otorgado por una autoridad de registro de nombres de domino ubicado dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos. Dado que todo dominio .com, .net, y .org  es administrado por un registro de nombres de dominio ubicado en los Estados Unidos, la ley otorga jurisdicción sobre millones de nombres de dominio independientemente de donde reside en la actualidad el titular del mismo.  
Segundo definiendo al protocolo doméstico de direcciones de Internet, es decir los números que constituyen la dirección de un sitio o de una conexión de Internet, como un protocolo de dirección de Internet donde la correspondiente entidad que otorga los protocolos de Internet se encuentre ubicada dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos. Como es sabido son asignadas por organizaciones regionales. La entidad que otorga ese recurso que está ubicada en los Estados Unidos se llama ARIN (the American Registry for Internet Numbers) y su área de influencia incluye Estados Unidos, Canadá y 20 países caribeños. SOPA considera todas las direcciones IP de esta región como domésticas a los fines de la ley americana.
Asimismo SOPA otorga jurisdicción “in rem” a los Estados Unidos sobre cualquier sitio que no tiene una conexión una jurisdicción doméstica.
Si no fuese suficiente si algún sitio afectado por una orden desea impugnarla el mismo deberá prestar consentimiento a la jurisdicción de los Estados Unidos.  
Esta regulación que pretende imponer los Estados Unidos sobre los usuarios de Internet ha sido comparada con los criterios estrictos de censura impuestos en Internet por ciertos países como China e Irán. La presente medida no sólo afecta a los usuarios sino que castiga a los intermediarios en Internet, desbalanceando la fórmula a favor de la industria del entretenimiento y conculcando los derechos humanos de los usuarios de participar en forma libre, completa y segura en una sociedad democrática. 
La obligación de monitorear todo el contenido para cotejar supuestas infracciones al derecho de la propiedad intelectual afecta de forma clara el derecho de privacidad y de libertad de expresión. Asimismo atento la gran cantidad de datos transmitidos sobre Internet esa obligación hará prácticamente imposible a la mayoría de los servicios de la red funcionar en forma efectiva.

Algunos países como Australia y Chile, han adoptado una perspectiva diferente en cuanto a la responsabilidad que les puede caber a los intermediarios de Internet, exigiendo una orden judicial para remover cualquier contenido, y de esta forma impedir la afectación del derecho de libertad de expresión mediante la imposición de una importante barrera a las restricciones ilegítimas a la referida garantía.   

Atento que tanto el acceso a la cultura, como la libertad de la comunicación y la privacidad son claves para permitir que los ciudadanos participen en la sociedad, las medidas que se adopten para proteger la propiedad intelectual, deberán adoptarse en forma tal que apoyen la libertad de expresión en vez de impedirla. Pues de lo contrario, el riesgo del abuso de poder a través de la red digital  es uno de los riesgos más aberrantes para la democracia en la era de Internet. 

Frente a la poca credibilidad que presentan el gobierno y las corporaciones en los Estados Unidos, no creo que sea acertado el establecimiento de nuevos mecanismos de censura en Internet,  permitiendo el surgimiento de nuevas oportunidades para abusos de poder por parte de las corporaciones y el gobierno sobre la expresión en Internet. Nadie discute que la propiedad intelectual merece protección, pero no de una forma que afecte la innovación, degrade el debido proceso y debilite en forma palmaria la protección de los derechos políticos y civiles en Internet.

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