Aplicación práctica de la neutralidad de red en un país pionero como Holanda.

Casos de Zero rating y de bloqueo de servicios

La neutralidad de red es una de las discusiones regulatorias en el sector de las telecomunicaciones que más debate ha originado a ambos lados del Atlántico.

Dicha teoría surgida de la academia de los Estados Unidos a principios de este siglo establece que ninguno de los paquetes que conforman el tráfico de Internet puede sufrir algún tipo de discriminación por parte de los operadores de telecomunicaciones que brindan  acceso a Internet.

La neutralidad de red protege tanto a servicios como contenidos y aplicaciones de ser discriminados, entorpecidos, bloqueados, degradados o alterados en razón de su origen, destino, aplicación, formato o dispositivo utilizado.

En diferentes partes del mundo han surgido diferentes reconocimientos legales sobre esta nueva garantía digital aunque con alcances bastantes diversos. Sin perjuicio de la trascendencia que presenta, en la realidad práctica del mercado no ha habido casos significativos en cuanto a la aplicación práctica de este principio.

Por lo tanto resulta relevante analizar la experiencia de aquellos países donde surgen estos conflictos vinculados con la neutralidad de red, y más cuando se trata de un país como Holanda que resulta no sólo pionero en el mundo en la implementación de este concepto sino que además lo ha implementado con un criterio sumamente amplio, que va aún más allá del que rige para la Unión Europea conforme la regulación aprobada a fines de 2015.

Dicha regulación se encuentra sujeta a la reglamentación de las autoridades reguladores de la UE, resultando el punto más cuestionado aquel vinculado a las prácticas de zero rating, ya que pese a ser consideradas como que afectan la neutralidad de red, la Unión Europea no las estaría prohibiendo en forma terminante sino que ha decidido analizar caso por caso.

Las prácticas de zero rating permiten al usuario acceder gratis a un servicio o contenido específico siendo el gasto de conexión absorbido por el operador móvil, y que brinda el acceso a Internet.  Se dice que son gratis puesto que permite ingresar a Internet sin que se genere consumo alguno del abono o saldo de datos. Se cuestiona esta práctica por resultar que el operador de acceso a Internet es quien está condicionando mediante estas prácticas cuáles son los contenidos, aplicaciones o servicios a ser utilizados. Holanda es un claro opositor a dicho tipo de prácticas.

Recientemente en Holanda se han planteado tres casos concretos vinculados con las prácticas de afectación de la neutralidad de red Dos de ellas vinculadas a cuestiones comerciales de la neutralidad de red como son las prácticas de zero rating y la restante vinculada con cuestiones técnicas u operativas de afectación de servicios o aplicaciones.

El caso más reciente es del corriente mes e involucra prácticas de zero rating por el operador T-Mobile que presta un servicio de streaming de música llamado Music Freedom y por el cual no se le carga al cliente el consumo de datos móviles con motivo de la utilización de la referida aplicación. Dicho caso se encuentra a consideración de la autoridad regulatoria holandesa (Authority for Consumers and Markets)

Los dos restantes responden a sendas sanciones impuestas por la ACM en diciembre de 2014, en un caso a Vodafone por EU 200.000  por otra práctica de zero rating  que consistía en brindar durante dos meses servicios de acceso a Internet, en donde la aplicación HBO GO podía ser utilizada sin cargársele el uso de datos móviles.

Cuando el suscriptor usaba este servicio pagaba un precio más barato por MB al que hubiese pagado con esa misma suscripción si no hubiese usado el referido servicio. Con anterioridad la ACM ya había advertido a Vodafone sobre la prohibición de ofrecer servicios como el aquí cuestionado en relación a otra oferta de aplicaciones.

Afectación de NN por bloqueo de servicios

En el restante caso la sancionada es KPN B.V., pero en un monto de EU 250.000 y por una conducta que afecta la operatividad técnica de los servicios y también considerada una afectación a la neutralidad de red. En este caso entre los meses de enero y julio de 2013 KPN, prestador de redes de comunicaciones para prestadores así como de acceso a Internet, ofrecía servicio de acceso a Internet básico y gratuito resultando que ciertos servicios y aplicaciones (en determinados Hot Spot de Wifi de KPN) eran indebidamente bloqueados.

El servicio de acceso a Internet gratuito era parte del servicio KPN Hybrid Hotspots, y que se diferenciaba de otro servicio pago llamado “Premium Internet”. La práctica por la que otro operador de telecomunicaciones denunció a KPN consistía en que cuando los usuarios elegían tener acceso a determinadas aplicaciones como Bit Torrent, FTP o voz sobre IP eran forzados en dichos puntos de acceso de WIFi a elegir por la variante paga del servicio ofrecido por KPN.

Estos casos concretos de aplicación de sanciones por afectaciones a la neutralidad de red en un país con marcada tradición garantista en el mundo de Internet deberán ser tenido en cuenta por la Comisión Redactora de la Ley Convergente puesto que va a resultar el tipo de conflictos a presentarse en el futuro próximo, ya sea bajo la ley vigente  o una futura nueva ley.





Comentarios

Entradas populares de este blog

El Acuerdo de infraestructura de red celebrado entre Netflix y Comcast pese a no afectar directamente a la neutralidad de red demuestra la necesidad de extender el ámbito de aplicación de este principio.

Memo from European Commission regarding Net Neutrality and the regulatory proposal for a Connected Continent.